Los certificados de ahorro energético (CAE) son uno de los mecanismos peor explicados y peor aprovechados de cuantos existen para una empresa. La idea, en una frase, es potente: si tu negocio invirtió en eficiencia (LED, variadores, aislamiento, climatización…) desde 2023, puedes cobrar dinero por el ahorro de energía que generaste. No es una subvención y no es magia, pero es real y muy poca gente lo tramita porque casi nadie lo entiende.
En esta guía te explicamos los certificados de ahorro energético sin tecnicismos pero sin simplificar de más: qué son exactamente, por qué el número de CAE no sale de lo que te gastaste sino del ahorro, la diferencia entre actuaciones estandarizadas y singulares, el mínimo de 30 MWh que hay que alcanzar, cuánto valen de verdad (con un ejemplo real con números) y cómo se tramitan. Y, como siempre, la letra pequeña que otros omiten.
Respuesta rápida: ¿qué son los certificados de ahorro energético?
Los certificados de ahorro energético (CAE) son un sistema creado por el RD 36/2023 que convierte cada kilovatio hora de energía que ahorras al año en un certificado con valor económico. La regla de oro: 1 CAE = 1 kWh de ahorro de energía final anual nuevo. Si una mejora ahorra 20.000 kWh/año, genera 20.000 CAE.
Quién puede cobrarlos: empresas (industria, terciario, agrario…) que hayan hecho actuaciones de eficiencia desde el 26/01/2023. El ahorro se cede a un Sujeto Obligado o Delegado, que paga al cliente una contraprestación. Hace falta un verificador acreditado por ENAC y llegar a un mínimo de 30.000 kWh/año por expediente.
Cuánto valen: el valor ≈ ahorro (kWh/año) × precio de mercado (orientativo 0,04-0,10 €/kWh). ¿Hiciste mejoras de eficiencia en tu empresa? Te decimos gratis si puedes cobrar CAE: 711 22 06 36.
Certificados de ahorro energético: qué son y cómo funcionan
Los certificados de ahorro energético nacen del RD 36/2023, de 24 de enero, que pone en marcha el Sistema de CAE en España, dentro del marco de la Ley 18/2014 y de la Directiva de Eficiencia Energética de la Unión Europea. Según el MITECO, un CAE es un documento electrónico que garantiza que, tras una actuación de eficiencia, se ha conseguido un nuevo ahorro de energía final de 1 kWh. Sirve para monetizar esos ahorros y recuperar parte del coste de la inversión (iluminación, aislamiento, renovación de equipos industriales o domésticos).
¿Y por qué alguien te paga por ahorrar? Porque las grandes energéticas (los «Sujetos Obligados») están obligadas cada año a acreditar una cantidad de ahorro de energía, y tienen dos caminos para cumplir: aportar dinero al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE, gestionado por el IDAE) o liquidar CAE. El Sistema de CAE crea así un mercado: les interesa comprar tus ahorros para cumplir su obligación. Tú haces la mejora, generas el ahorro, se certifica como CAE y te lo compran. Por eso tu empresa puede «cobrar por ahorrar»: es un mecanismo de mercado, no una ayuda pública.
Certificados de ahorro energético: el ahorro manda, no el CAPEX
Aquí está el error nº1 que comete casi todo el mundo con los certificados de ahorro energético: pensar que los CAE se calculan sobre lo que te gastaste. No. El número de CAE sale del ahorro de energía (kWh/año), no del importe de la inversión.
❌ Mal: «Me gasté 30.000 € en LED, así que tengo 30.000 € en CAE.»
✅ Bien: «Mi cambio a LED ahorra 14.000 kWh al año → tengo 14.000 CAE. Su valor ≈ 14.000 × precio de mercado (€/kWh).»
El CAPEX (lo que invertiste) solo sirve para dos cosas: priorizar qué actuaciones interesan más y calcular qué porcentaje de la inversión recuperas con los CAE. Pero el certificado, en sí, mide ahorro de energía, no euros gastados. Entender esto es la mitad del camino.
Certificados de ahorro energético: ¿puede cobrarlos tu empresa?
Para acceder a los certificados de ahorro energético, tu actuación debe cumplir unas condiciones básicas:
📅 Fecha: la actuación tiene que estar ejecutada desde el 26 de enero de 2023 (incluido). Lo anterior no cuenta.
⏳ Plazo: tienes 3 años desde la actuación para solicitarlo. Si hiciste algo en 2023, el reloj corre.
⚡ Ahorro real y nuevo: debe ser un ahorro de energía final que antes no existía (superar el escenario base), distinto de lo que ahorras con una buena tarifa.
🏭 Sector: vale para industrial, terciario, agrario, residencial y transporte. La mayoría de casos de empresa son industria y terciario.
Si tu empresa cambió la iluminación a LED, instaló variadores de frecuencia o motores eficientes, aisló tuberías o equipos, mejoró el aire comprimido o renovó la climatización o pasó a soluciones compartidas en los últimos años, hay muchas papeletas de que generes certificados de ahorro energético. Lo vemos a diario en talleres, naves y hoteles de la zona.
Certificados de ahorro energético: estandarizadas vs singulares
No todas las actuaciones se calculan igual. Para los certificados de ahorro energético hay dos tipos, y saber en cuál encaja tu mejora cambia el coste y la rapidez del trámite:
Estandarizadas (o «derivadas»)
✓ Coinciden con una ficha del catálogo oficial
✓ El ahorro se calcula con una fórmula estándar
✓ Rápidas y baratas de verificar
Ej.: LED, variadores, aislamiento de tuberías, aerotermia
Singulares
• No hay ficha que encaje
• El ahorro se calcula a medida (medido y justificado)
• Más documentación y verificación más cara
Ej.: cogeneración, optimización compleja de proceso
Regla práctica: ¿existe una ficha del catálogo que encaje con tu actuación? Si sí, es estandarizada (lo habitual y lo más cómodo). Si no, es singular. Estas son las familias más frecuentes en empresa:
| Actuación | Sector típico | Clasificación |
|---|---|---|
| Iluminación LED eficiente | Industrial / Terciario | Estandarizada |
| Variadores de frecuencia / motores IE3-IE4 | Industrial | Estandarizada |
| Aislamiento de tuberías y equipos | Industrial | Estandarizada |
| Mejora del aire comprimido | Industrial | Estandarizada* |
| Climatización eficiente / aerotermia | Terciario / Residencial | Estandarizada |
| Recuperación de calor de procesos | Industrial | Según caso |
| Cogeneración / optimización de proceso | Industrial | Singular |
*Orientativo. El código y la fórmula vinculantes están siempre en el catálogo oficial del MITECO, que se actualiza.
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Certificados de ahorro energético: el mínimo de 30 MWh al año
Para presentar un expediente de certificados de ahorro energético hay un umbral: se necesitan al menos 30 MWh/año (30.000 kWh/año) de ahorro. La buena noticia es que no tiene que salir de una sola actuación: puedes sumar varias mejoras en el mismo expediente hasta superar el mínimo. Así se llega:
Si tu empresa no llega sola al mínimo, se puede agrupar con otras actuaciones (respetando las reglas de periodo, comunidad autónoma y número máximo). Por eso conviene mirar todo lo que has hecho en conjunto, no actuación por actuación: muchas veces, por separado no llegas, pero sumadas sí.
Certificados de ahorro energético: cuánto valen (ejemplo real)
El valor de los certificados de ahorro energético se calcula así: ahorro (kWh/año) × precio de mercado del CAE (€/kWh). El precio lo marca la oferta y la demanda; como referencia orientativa, suele moverse entre 0,04 y 0,10 €/kWh. Veámoslo con un caso real de los que tramitamos:
Caso real: nave cerámica en Ontinyent
Inversiones 2024: LED industrial (14.000 kWh/año), variadores en bombas (9.000 kWh/año), aislamiento de tuberías de vapor (7.000 kWh/año) y mejora del aire comprimido (3.000 kWh/año). CAPEX total: 36.000 €.
Ahorro total: 33.000 kWh/año → 33.000 CAE. Todas estandarizadas (con ficha). Supera el mínimo de 30.000 kWh, así que el expediente es viable (GO).
Valor de los CAE: 33.000 × 0,07 €/kWh ≈ 2.310 € (rango 1.320-3.300 € según precio). Un dinero que ingresan por una inversión que ya estaba amortizándose sola con el ahorro de la factura. Cobrar por ahorrar, literalmente.
¿Cuánto de la inversión recuperas? Depende de la actuación: en las más eficientes (mucho ahorro por euro invertido, como el LED o los variadores) los CAE pueden cubrir desde una fracción hasta un 10-30% del CAPEX. No es la mitad de la obra, pero es dinero que, de no tramitarlo, se queda sobre la mesa. Combínalo con una auditoría energética y con las ayudas a la eficiencia y el retorno mejora mucho.
Certificados de ahorro energético: cómo se combinan con ayudas y deducciones
Los certificados de ahorro energético rinden mucho más cuando se apilan con el resto de incentivos a la eficiencia. Bien combinados, el retorno de una inversión cambia por completo:
💶 Ayudas a la eficiencia (IDAE / Next Generation, vía IVACE): subvenciones a LED, variadores, aislamiento o climatización en sus convocatorias.
🧾 Deducción en el Impuesto de Sociedades por inversiones en eficiencia que mejoren la calificación energética.
🏛️ Bonificación del IBI municipal (sobre todo si hay autoconsumo); en muchos pueblos de Valencia ya está activa.
➕ El CAE encima de todo eso, como ingreso extra por el ahorro. Lo vemos al reducir la factura de una empresa o al valorar aerotermia.
⚠️ Cuidado con la compatibilidad: algunas ayudas del FNEE gestionadas por el IDAE no son compatibles con el CAE para la misma actuación. Hay que verificarlo caso a caso y, en subvenciones, comprobar siempre la convocatoria vigente: nunca des por hecho un porcentaje o un plazo.
Certificados de ahorro energético: qué NO genera CAE
Tan importante como saber qué genera certificados de ahorro energético es saber qué no, para no llevarte un chasco:
☀️ El autoconsumo fotovoltaico NO genera CAE. Es el mito más común. Las placas solares generan energía, no ahorran energía final, así que no son elegibles (aunque sí tienen sus propias ayudas y deducciones).
📅 Lo anterior al 26/01/2023 no cuenta, por buena que fuera la mejora.
➖ Ahorros que no superan el escenario base: si la mejora no ahorra más de lo que exige la normativa, no es ahorro «nuevo».
🔁 Cuidado con la incompatibilidad con algunas ayudas del FNEE gestionadas por el IDAE. Hay que verificarlo caso a caso (otras ayudas suelen ser compatibles).
Certificados de ahorro energético: los agentes del sistema oficial
En el Sistema de certificados de ahorro energético intervienen varios agentes oficiales. Saber quién es quién aclara por qué no puedes tramitarlo tú solo y conviene apoyarse en un profesional:
| Agente | Su papel |
|---|---|
| Sujeto Obligado (SO) | Comercializadoras de gas y electricidad y operadores petrolíferos/GLP. Cumplen su obligación pagando al FNEE o liquidando CAE. |
| Sujeto Delegado (SD) | Empresa que ayuda a los obligados, liquidando una cantidad de CAE en su nombre cada año. |
| Propietario del ahorro | Quien hizo la inversión (tu empresa). Puede ceder la propiedad del ahorro a un tercero por una contraprestación. |
| Usuario final | Quien recibe el impacto positivo de la actuación; suele coincidir con el propietario del ahorro. |
| Verificador (ENAC) | Entidad acreditada por ENAC que comprueba que la actuación se hizo, la documentación y los ahorros declarados. |
| Administración | Gestores Autonómicos y Coordinador Nacional del Sistema de CAE: analizan, emiten e inscriben los certificados. |
| Intermediarios | Instaladoras o ingenierías que trabajan para el resto de agentes (aquí entra Kowiik). |
Certificados de ahorro energético: cómo se tramitan paso a paso
El proceso de los certificados de ahorro energético tiene su miga, pero se resume en estos pasos:
Recoger las inversiones (2023-2025): facturas, fechas de ejecución, descripción y datos técnicos de cada actuación.
Filtrar la elegibilidad: descartar lo anterior al 26/01/2023, el autoconsumo FV y lo que no sea ahorro de energía final nuevo.
Clasificar: ¿hay ficha que encaje? Estandarizada (fórmula del catálogo) o singular (cálculo a medida).
Calcular el ahorro (kWh/año): con la fórmula de la ficha o el cálculo singular. Ese número es tu cantidad de CAE.
Sumar hasta 30.000 kWh/año: agrupar actuaciones en el expediente hasta superar el mínimo.
Verificación ENAC: un verificador acreditado emite el dictamen favorable obligatorio antes de emitir los certificados.
Cobrar: un Sujeto Obligado o Delegado presenta la solicitud y tu empresa recibe la contraprestación por ceder el ahorro.
En el plano oficial, la solicitud de emisión se hace por la plataforma electrónica del Sistema de CAE. El Gestor Autonómico analiza el expediente y, si procede, emite los certificados; el Coordinador Nacional los inscribe en el Registro Nacional. Una vez inscritos, los certificados de ahorro energético ya se pueden vender, comprar y liquidar contra una obligación de ahorro. El MITECO publica además un Power BI de seguimiento e informes mensuales del sistema.
📌 Fuente oficial
Toda la información oficial del sistema está en el Sistema de CAE del MITECO: la normativa, el catálogo de fichas (con los códigos y fórmulas vinculantes) y las preguntas frecuentes. El catálogo se actualiza, así que conviene verificar siempre la ficha vigente.
Certificados de ahorro energético: errores que tiran el expediente
Estos son los fallos que más veces dejan sin certificados de ahorro energético a una empresa que sí tenía derecho:
🧮 Contar CAE sobre euros en vez de sobre kWh ahorrados: lleva a expectativas equivocadas.
☀️ Meter el autoconsumo solar en el expediente: no es elegible y puede invalidar la solicitud.
📅 Incluir actuaciones anteriores al 26/01/2023 o dejar pasar el plazo de 3 años.
📋 No conservar los datos técnicos que pide la ficha (potencias, horas, rendimientos): sin ellos no se puede calcular el ahorro.
🔏 Intentar tramitar sin verificador ENAC o sin un Sujeto Obligado/Delegado: el expediente no sale adelante. Por eso conviene apoyarse en alguien que lo haya hecho, como al preparar una huella de carbono o los servicios de ajuste.
Certificados de ahorro energético: lo que no te van a contar
Como asesores, te damos la cara B de los certificados de ahorro energético antes de que nadie te venda humo:
💶 No es una subvención. Cedes tu ahorro a cambio de una contraprestación; el Sujeto Obligado/Delegado y el verificador se quedan su parte. Lo que cobras es la parte negociada, no el valor bruto.
📉 El importe es modesto. Es un extra sobre una inversión que ya rentabilizas por el ahorro en la factura, no un cheque que cubre media obra.
🧾 Hay costes y trámite: necesitas verificador ENAC y solo los Sujetos Obligados/Delegados presentan el expediente. Por eco que parezca, no lo haces tú solo.
⏳ El plazo corre: 3 años desde la actuación. Si invertiste en 2023, no lo dejes para mañana.
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Preguntas frecuentes sobre los certificados de ahorro energético
¿Qué son los certificados de ahorro energético (CAE)?
Son certificados creados por el RD 36/2023 que convierten el ahorro de energía en valor económico: 1 CAE = 1 kWh de ahorro de energía final anual nuevo. Las empresas que invierten en eficiencia los generan y los ceden a un Sujeto Obligado a cambio de una contraprestación.
¿Los CAE salen del dinero que invertí?
No. El número de CAE sale del ahorro de energía (kWh/año), no del CAPEX. La inversión solo sirve para priorizar y para calcular qué porcentaje recuperas. Si una mejora ahorra 14.000 kWh/año, son 14.000 CAE, valgas lo que valgas la obra.
¿El autoconsumo solar genera CAE?
No. Las placas solares generan energía, no ahorran energía final, así que no son elegibles para CAE. Sí tienen sus propias ayudas, deducciones y bonificaciones, pero por otra vía.
¿Cuánto ahorro hace falta para tramitar CAE?
Un mínimo de 30.000 kWh/año (30 MWh) por expediente. No tiene que salir de una sola actuación: puedes sumar varias mejoras (LED, variadores, aislamiento…) hasta superar el umbral.
¿Cuánto se cobra por los CAE?
El valor ≈ ahorro (kWh/año) × precio de mercado, orientativamente entre 0,04 y 0,10 €/kWh. En las actuaciones más eficientes puede cubrir desde una fracción hasta un 10-30% de la inversión. Es indicativo: el precio del CAE lo fija el mercado.
Publicado: 3 de julio de 2026 · Fuentes: Sistema de CAE — MITECO, RD 36/2023, Ley 18/2014, Orden TED/815/2023, catálogo de fichas del MITECO, ENAC · Las fichas, fórmulas y el precio del CAE se actualizan; los valores económicos son orientativos y no vinculantes. Verifica siempre el catálogo vigente del MITECO. Revisado por el equipo de asesores energéticos de Kowiik.